Es un tema que parece complicado, no soy abogado pero voy a intentar
explicar lo que pasa, que si se le presta un toque de atención se entiende.
Una medida cautelar es un instrumento que asegura que cierto derecho
pueda ser hecho efectivo en el caso de un litigio en el que se reconozca que
tal derecho existe y es legítimo. Es decir, la medida cautelar es una decisión
que, sin saber el resultado final de un juicio, detiene el efecto de las
decisiones que se cuestionan en ese juicio hasta que el juicio termine.
El Proyecto de la Presidenta propone limitar a SEIS MESES la vigencia
de las cautelares que sean CONTRA EL ESTADO y que tengan que ver con cuestiones
patrimoniales. ¿Esto que significa? en ese plazo de seis meses deberá haber sentencia
definitiva, sino caduca la medida cautelar.
La trampita de esto es que es insostenible limitar a seis meses las
cautelares en juicios contra el Estado porque los juicios contra el Estado
demoran más. Los Código Procesales le garantizan al Estado plazos más extensos
que a los particulares, por ejemplo si un particular demanda contra el Estado,
el Estado tiene 60 días para responder, mientras que si una persona demanda
contra otro persona, la persona física y jurídica privada que es demandada
tiene en cambio 10 días. Esto torna imposible que un juicio contra el Estado
termine en seis meses. Si en los seis meses caduca la medida cautelar que le
asegura al particular la protección del derecho cuestionado, el particular
queda más vulnerable frente al Estado.
Las medidas cautelares se necesitan en todos los casos, para salvar de
la pérdida irreparable a ciudadanos mientras dura el juicio. Pero son aún más
necesarias cuando es el Estado el que toma medidas que podrían afectar a los
ciudadanos comunes. Ninguna persona física o jurídica tiene un poder que se
pueda comparar al del Estado. Entonces se necesita una herramienta para que
mientras dura un juicio, el que tiene más poder no avasalle los derechos del
menos poderoso. El proyecto de Cristina limita las cautelares, para peor, en
los casos contra el Estado, que fue históricamente el mayor productor de
arbitrariedades.
Un ejemplo claro es el del corralito del 2001. Cuando el Estado afectó
los derechos patrimoniales de los ciudadanos que tenían ahorros, estos
ciudadanos demandaron al Estado. Con el criterio del Proyecto de Cristina, los
ahorristas en los años 2002 y siguientes no podrían haber accionado con medidas
cautelares durante los largos años que duraron esos procesos contra el Estado
Nacional para recuperar sus ahorros, porque las medidas cautelares hubieran
caducado a los seis meses.
Este proyecto le da aún más poder al Estado de imponer sus decisiones.
Mientras más arbitrario sea el Estado y más daño produzca a las personas, más
podrá imponer, porque un juez no va a poder suspender el daño a un derecho del
particular con una medida cautelar que con este proyecto caduca a los seis
meses.
Salvo que el juez declare inconstitucional la ley. Pero si hay un juez
que por canchero declara inconstitucional la ley que invoca el Estado en su
defensa, con el nuevo Consejo de la Magistratura propuesto por la Presidenta y
aprobado ayer en el Senado, el partido político ganador de las elecciones que
OH CASUALIDAD es el que ocupa el poder del Estado en un supuesto juicio, puede
imponer su mayoría en la decisión de rajar al juez que se hace el vivo.
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