Haciendo memoria, el 7D de 2007, un dictamen de la Comisión Nacional de
Defensa de la Competencia resolvía que la consolidación empresaria de
Cablevisión y Multicanal era legal, y en los extensos considerandos se refería
a las potencialidades de la misma en términos del desarrollo de una red
alternativa de comunicaciones, de actualización tecnológica de los consumidores
y de reducción de la brecha digital. Parece una ficción si se tiene en cuenta
que quien estaba en la Presidencia era el propio Néstor Kirchner, pero es una
realidad que demuestra la gran contradicción del gobierno kirchnerista y un
cambio de discurso.
El 7D de 2007 (3 días antes de la asunción de Cristina Fernández), la
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia resolvió que la consolidación
empresaria de Cablevisión y Multicanal era legal, y en los extensos
considerandos se refería a las potencialidades de la misma en términos del
desarrollo de una red alternativa de comunicaciones, de actualización
tecnológica de los consumidores y de reducción de la brecha digital. También
aludió al incremento del potencial competitivo de las empresas involucradas y a
la posibilidad de generar economías de escala, densidad y alcance que se
traduzcan en beneficios al mercado y los usuarios. Parece una ficción si se
tiene en cuenta que quien estaba en la Presidencia era el propio Néstor
Kirchner, pero es una realidad que demuestra la gran contradicción del gobierno
kirchnerista.
Según se informaba en aquel entonces, para asegurar estos resultados, y
tal como autoriza la ley, el organismo solicitó que las empresas suscribieran
un compromiso que incluye pautas precisas de inversión y otras obligaciones. En
el mismo, las compañías se comprometían a "extender su servicio de
televisión paga y acceso a Internet", incrementando la capacidad de su red
en las localidades donde operan, de acuerdo a condiciones y plazos establecidos
en cada área.
También a que "en forma progresiva" un número creciente de usuarios
puedan "recibir servicios digitales con los siguientes beneficios: mejor
calidad de imagen y sonido, mayor oferta de programación y la posibilidad de
contar con nuevos servicios que serán incorporados".
La aprobación de la operación se otorgó bajo el artículo 13 inciso a)
de la ley 25.156. El análisis técnico del expediente por parte del organismo
llevó 14 meses, algo más que otras operaciones comparables recientes, como la
de Movicom y Unifón, que demandó 11, o la de Quilmes-Brahma. En el transcurso
del mismo las empresas debieron aprobar sucesivamente el Formulario 1 (F1),
orientado a analizar eventuales afectaciones a la competencia y el Formulario 2
(F2), destinado a determinar los beneficios de la operación para el interés
económico general.
El trámite se inició a principios de octubre de 2006, tras el anuncio
de la conformación del "primer sistema regional de video y banda
ancha", integrado por Cablevisión, Multicanal, Teledigital y Prima. Los
accionistas de dicho sistema son el Grupo Clarín, con un 60% de las acciones, y
Fintech Advisory, fondo de los Estados Unidos, con el 40% restante.
Esa operación, que involucró un monto de 1.100 millones de dólares
entre desembolsos y canjes de activos, fue la de mayor volumen en el mundo
empresario de la Argentina luego de la crisis del 2001-2002, y la primera en
muchos años por la cual una compañía vendida al exterior en los 90 volvía a ser
controlada mayoritariamente por capitales privados nacionales. En cierto modo
una excepción, más aún luego de la reciente ola de compras de compañías locales
por holdings de Brasil y otros países.
Los compromisos de las empresas, de acuerdo a la resolución de la CNDC,
también incluyen otros aspectos, como la programación y los servicios sociales.
En el primer punto, las operadoras de TV por cable se obligan a
"garantizar una ubicación" en sus grillas de canales a los
proveedores de señales televisivas, "sean o no competidores de sus
empresas controladas". También a "garantizar el pluralismo, la
libertad de información y el entretenimiento", y a asegurar "a los
usuarios una razonable provisión de señales informativas, deportivas y de
entretenimiento".
También se preveía, para zonas de emergencia del ámbito metropolitano
de Buenos Aires, "un servicio social opcional de televisión paga digital,
de abono reducido, con un mínimo de diez señales adicionales a las de
televisión abierta". Y se establece que los valores del abono básico en
diferentes plazas guarden criterios de razonable equilibrio.
También se explicaba que a tono con la incorporación pedagógica de la
televisión en el proceso educativo, recogida por la Ley de Educación Nacional y
(en ese entonces) más recientemente por la señal televisiva Encuentro (que se
emite exclusivamente en sistemas de cable) el compromiso también incluía un
plan de conexiones sin cargo para escuelas públicas de todas las localidades
donde operan las empresas. A lo que se sumarían, según la densidad demográfica,
hospitales y centros de salud públicos, hogares públicos de ancianos,
comisarías y cuarteles de bomberos.
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