Cantera Popular

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viernes, 7 de diciembre de 2012

UN 7D (2007), NÉSTOR FIRMÓ LA FUSIÓN DE CABLEVISIÓN Y MULTICANAL



Haciendo memoria, el 7D de 2007, un dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia resolvía que la consolidación empresaria de Cablevisión y Multicanal era legal, y en los extensos considerandos se refería a las potencialidades de la misma en términos del desarrollo de una red alternativa de comunicaciones, de actualización tecnológica de los consumidores y de reducción de la brecha digital. Parece una ficción si se tiene en cuenta que quien estaba en la Presidencia era el propio Néstor Kirchner, pero es una realidad que demuestra la gran contradicción del gobierno kirchnerista y un cambio de discurso.
El 7D de 2007 (3 días antes de la asunción de Cristina Fernández), la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia resolvió que la consolidación empresaria de Cablevisión y Multicanal era legal, y en los extensos considerandos se refería a las potencialidades de la misma en términos del desarrollo de una red alternativa de comunicaciones, de actualización tecnológica de los consumidores y de reducción de la brecha digital. También aludió al incremento del potencial competitivo de las empresas involucradas y a la posibilidad de generar economías de escala, densidad y alcance que se traduzcan en beneficios al mercado y los usuarios. Parece una ficción si se tiene en cuenta que quien estaba en la Presidencia era el propio Néstor Kirchner, pero es una realidad que demuestra la gran contradicción del gobierno kirchnerista.
Según se informaba en aquel entonces, para asegurar estos resultados, y tal como autoriza la ley, el organismo solicitó que las empresas suscribieran un compromiso que incluye pautas precisas de inversión y otras obligaciones. En el mismo, las compañías se comprometían a "extender su servicio de televisión paga y acceso a Internet", incrementando la capacidad de su red en las localidades donde operan, de acuerdo a condiciones y plazos establecidos en cada área.
También a que "en forma progresiva" un número creciente de usuarios puedan "recibir servicios digitales con los siguientes beneficios: mejor calidad de imagen y sonido, mayor oferta de programación y la posibilidad de contar con nuevos servicios que serán incorporados".
La aprobación de la operación se otorgó bajo el artículo 13 inciso a) de la ley 25.156. El análisis técnico del expediente por parte del organismo llevó 14 meses, algo más que otras operaciones comparables recientes, como la de Movicom y Unifón, que demandó 11, o la de Quilmes-Brahma. En el transcurso del mismo las empresas debieron aprobar sucesivamente el Formulario 1 (F1), orientado a analizar eventuales afectaciones a la competencia y el Formulario 2 (F2), destinado a determinar los beneficios de la operación para el interés económico general.
El trámite se inició a principios de octubre de 2006, tras el anuncio de la conformación del "primer sistema regional de video y banda ancha", integrado por Cablevisión, Multicanal, Teledigital y Prima. Los accionistas de dicho sistema son el Grupo Clarín, con un 60% de las acciones, y Fintech Advisory, fondo de los Estados Unidos, con el 40% restante.
Esa operación, que involucró un monto de 1.100 millones de dólares entre desembolsos y canjes de activos, fue la de mayor volumen en el mundo empresario de la Argentina luego de la crisis del 2001-2002, y la primera en muchos años por la cual una compañía vendida al exterior en los 90 volvía a ser controlada mayoritariamente por capitales privados nacionales. En cierto modo una excepción, más aún luego de la reciente ola de compras de compañías locales por holdings de Brasil y otros países.
Los compromisos de las empresas, de acuerdo a la resolución de la CNDC, también incluyen otros aspectos, como la programación y los servicios sociales. En el primer punto, las operadoras de TV por cable se obligan a "garantizar una ubicación" en sus grillas de canales a los proveedores de señales televisivas, "sean o no competidores de sus empresas controladas". También a "garantizar el pluralismo, la libertad de información y el entretenimiento", y a asegurar "a los usuarios una razonable provisión de señales informativas, deportivas y de entretenimiento".
También se preveía, para zonas de emergencia del ámbito metropolitano de Buenos Aires, "un servicio social opcional de televisión paga digital, de abono reducido, con un mínimo de diez señales adicionales a las de televisión abierta". Y se establece que los valores del abono básico en diferentes plazas guarden criterios de razonable equilibrio.
También se explicaba que a tono con la incorporación pedagógica de la televisión en el proceso educativo, recogida por la Ley de Educación Nacional y (en ese entonces) más recientemente por la señal televisiva Encuentro (que se emite exclusivamente en sistemas de cable) el compromiso también incluía un plan de conexiones sin cargo para escuelas públicas de todas las localidades donde operan las empresas. A lo que se sumarían, según la densidad demográfica, hospitales y centros de salud públicos, hogares públicos de ancianos, comisarías y cuarteles de bomberos.

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