La importancia de conocerlos para beneficio de los mayores
Varios son los derechos humanos de las personas mayores que no se
respetan en distintos ámbitos. El derecho al domicilio, a la salud de una
medicina prepaga, a seguir trabajando mientras uno lo desee, son algunos de ellos,
y conocerlos es importante para exigir su cumplimiento.
La discriminación
"Los derechos de las personas mayores no tendrían que ser otros
que los derechos humanos, pero ocurre que al llegar a la vejez hay una
discriminación por edad", a lo que se denomina "edaísmo",
explicó la profesional.
Asimismo remarcó que las mujeres mayores sufren "una triple
discriminación: la de género, que arrastran desde chicas; de edad; y de
posición económica".
En este marco, sostuvo que "si bien es cierto que no debería haber
derechos humanos para niños o para adultos mayores, sino derechos humanos para
todos, cuando uno va envejeciendo hay derechos que no se respetan".
Derecho a domicilio
A pesar de que los adultos mayores es el sector de la población que más
crece en el mundo, dado el aumento de la expectativa de vida, este logro de la
humanidad no es acompañado por un justo reconocimiento y todavía hay muchos
prejuicios que atentan contra este grupo.
"El que menos se respeta es el derecho a domicilio -explicó
Pochtar-. Ser mayor no implica no tener capacidad para elegir donde vivir.
Muchas veces la familia, creyendo que le hace un bien a la persona mayor, lo
quieren mudar porque `esa casa es muy grande`, o le quieren cambiar los
muebles, cuando en ese lugar y en esos objetos está la vida de esa
persona".
Al respecto aclaró, que exceptuando casos particulares de quienes
sufren enfermedades mentales, el derecho a decidir dónde vivir "es inalienable
a todas las personas".
Inclusive, frente a un caso de institucionalización -cabe aclarar que
solo el 2 ó 3 por ciento de los adultos mayores viven en residencias
geriátricas-, es la persona mayor quién debe elegir el establecimiento y el
tiempo de su estadía, evaluar los servicios, y realizar el contrato
directamente con el prestador.
Otros puntos
Otro de los derechos que no se respetan "es a la salud en la
medicina prepaga, dado que las personas mayores tienen dificultades para
adherirse a una prepaga o a medida que avanza la edad le aumentan las
cuotas", señaló Pochtar.
También agregó que "el derecho a una sexualidad plena" es
otro de los "derechos perdidos" durante el proceso del
envejecimiento, que se debe recuperar y respetar. Así como el derecho al
trabajo "mientras la persona lo desee y pueda hacerlo", aclaró, y
agregó: "En las empresas familiares, a las nuevas generaciones es como que
el adulto mayor le molesta, lo quieren jubilar, pero no tienen en cuenta que
esa empresa existe porque esa persona trabajó toda su vida y su experiencia es
muy importante".
Los que se respetan
No obstante, Pochtar señaló que el derecho a la educación es uno de los
que más se respetan en nuestro país y se verifica en la cantidad de cursos y
talleres que se dictan en los centros de jubilados, instituciones barriales y
universidades de la tercera edad.
Asimismo destacó que en Argentina "hubo un gran cambio en el
respeto al derecho de la seguridad social con lo que se denominó la Jubilación
para la Ama de Casa, ya que se pudieron jubilar -moratoria mediante- muchas
personas que no iban a cobrar nunca, por lo que se los reconoció, se los
incluyó en el sistema".
Recuadro: Principios a favor de las personas de edad
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó los siguientes
Principios en Favor de las Personas de Edad:
* Independencia: Las personas de edad deberán:
1. Tener acceso a alimentación, agua, vivienda, vestuario y atención de
salud adecuados.
2. Tener la oportunidad de trabajar o de tener acceso a otras
oportunidades de obtener ingresos.
3. Poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida
dejarán de desempeñar actividades laborales.
4. Tener acceso a programas educativos y de capacitación adecuados.
5. Tener la posibilidad de vivir en entornos seguros y adaptables a sus
preferencias personales y a los cambios de sus capacidades.
6. Poder residir en su propio domicilio por tanto tiempo como sea
posible.
* Participación:
7. Permanecer integradas en la sociedad, participar activamente en la
formulación y la aplicación de las políticas que afectan directamente su
bienestar y poder compartir sus conocimientos con las generaciones más jóvenes.
8. Poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar servicio a la
comunidad y de trabajar como voluntarios en puestos apropiados a sus intereses
y capacidades.
9. Poder formar grupos o asociaciones.
* Cuidados:
10. Poder disfrutar de los cuidados y la protección de la familia y la
comunidad de conformidad con el sistema de valores culturales de cada sociedad.
11. Tener acceso a servicios de atención de salud que les ayuden a
mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional,
así como a prevenir o retrasar la aparición de enfermedades.
12. Tener acceso a servicios sociales y jurídicos que les aseguren
mayores niveles de autonomía, protección y cuidado.
13. Tener acceso a medios apropiados de atención institucional que les
proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en un
entorno humanitario y seguro.
14. Poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades fundamentales
cuando residan en hogares o instituciones donde se les brinden cuidados o
tratamiento, con pleno respeto de su dignidad, creencias, necesidades e
intimidad, así como de su derecho a adoptar decisiones sobre su cuidado y sobre
la calidad de su vida.
* Autorrealización:
15. Poder aprovechar las oportunidades para desarrollar plenamente su
potencial.
16. Tener acceso a los recursos educativos, culturales, espirituales y
recreativos.
* Dignidad:
17. Poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres de
explotaciones y de maltrato físico o mental.
18. Recibir un trato digno, independientemente de su edad, sexo, etnia,
discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de
su contribución económica.
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