¿Qué representa el filtro de las PASO?
La próxima semana los argentinos concurrirán por segunda vez a votar en
el marco de las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias. Pese a que
precisamente se trata de la segunda oportunidad en la que tiene lugar esta
experiencia, es elevado el desconocimiento de la sociedad respecto de las
mismas. Así lo establecen diversos sondeos que expresan también cierto
desinterés de quienes el 11 de agosto deberán elegir a los candidatos que por
estos días tratan de convencer a los votantes a través de brevísimos mensajes
de apenas 12 segundos.
Para clarificar sobre estos comicios, lo primero que hay que decir es
que no se debe hablar de “candidatos”. Hasta que las elecciones del 11 de
agosto hayan pasado, todos serán “precandidatos”. Necesitarán contar con una
cantidad de votos determinada según el distrito donde compitan para asegurarse
su participación en las elecciones generales del 27 de octubre, que sí tendrán
como premio bancas en el Congreso de la Nación y las legislaturas distritales,
concejos deliberantes incluidos.
¿Qué cantidad de votos le garantizan a un postulante convertirse en
candidato? El artículo 45 de la Ley Nº 23.298, denominada de Democratización de
la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, marca como
requisito un mínimo en el 1,5% de los votos válidamente emitidos en cada
distrito, ya sea para senadores o diputados. Se considera para ello la
sumatoria de todas las listas internas de las agrupaciones políticas
¿Qué significa esto en términos reales? Que en la provincia de Buenos
Aires, por ejemplo, una agrupación necesita un mínimo de 131.300 votos para
poder competir en octubre, tomado esto de la experiencia de 2011, la única en
la que se utilizó la ley aprobada en 2009. En esa oportunidad, la alianza
Proyecto Sur quedó afuera, por medio punto. El partido de “Pino” Solanas obtuvo
en ese distrito 94.581 votos, equivalentes al 1,08% de los votos válidos.
También quedaron sin posibilidad de competir en la Provincia el Partido del
Campo Popular (0,22%), el Movimiento Avanzada Socialista (0,18), Fuerza
Organizada Renovadora Democrática (0,11), Gente en Acción (0,11) y el
Movimiento Amplio de Jubilados y Trabajadores (0,06). Sí pudo competir la
alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores, con 209.538 votos (2,40%).
Cosas que hay que saber
Está claro entonces que todas las fuerzas, por más grandes que sean,
deben participar de las PASO, así no tengan nada que dirimir entre sí. Es que
el artículo 19 de la Ley de Democratización de la Representación Política, la
Transparencia y la Equidad Electoral expresa puntualmente: “Todas las
agrupaciones políticas procederán en forma obligatoria a seleccionar sus
candidatos a cargos públicos electivos nacionales y de parlamentarios del
Mercosur mediante elecciones primarias, en forma simultánea, en todo el
territorio nacional, en un solo acto electivo, con voto secreto y obligatorio,
aun en aquellos casos en que se presentare una sola lista”.
¿Parlamentarios del Mercosur? Sí, la legislación atiende un
requerimiento que todavía no ha sido normatizado, pero cuando así suceda,
también deberán elegirse a través de internas abiertas primero y elecciones
nacionales después.
¿Dónde se vota? En las mismas escuelas a las que deberán concurrir en
octubre para las elecciones generales. El padrón general es el mismo para ambas
elecciones.
¿Se puede cortar boleta ese día? Claro, el votante puede elegir
candidatos legislativos de partidos diferentes, siempre de distintos rubros,
conforme el artículo 24 que establece que “los electores deben emitir un solo
voto por cada categoría de cargos a elegir, pudiendo optar por distintas listas
de diferentes agrupaciones políticas”.
Si en un sobre aparecen dos o más boletas oficializadas
correspondientes a la misma lista y categoría, se computará sólo una de ellas,
destruyéndose las restantes; se considerarán votos nulos cuando se encuentren
dos o más boletas de distintas listas, en la misma categoría, aunque
pertenezcan a la misma agrupación política.
El cuarto oscuro es el mismo que en una elección general, y por
supuesto la urna es una sola. No es que cada partido tendrá la suya, pues las
mismas son para los electores, no para los partidos.
Un tema que despierta dudas entre los propios políticos es el de las
listas para legisladores nacionales. Las nóminas que van a internas están
enteras, pero los perdedores tienen la opción de integrarse a la lista
ganadora. Siempre y cuando obtenga minoría y el partido o acuerdo político
dentro del cual compita lo contemple. Es una garantía constitucional, no hay
posibilidad de que no participen las minorías, explican quienes rescatan los
beneficios de esta ley.
Sobre el tema es muy claro el artículo 44 de la ley, que señala que
“las candidaturas a senadores se elegirán por lista completa a simple
pluralidad de votos. En la elección de diputados nacionales y parlamentarios
del Mercosur, cada agrupación política para integrar la lista definitiva
aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta
orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario