Cantera Popular

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martes, 5 de marzo de 2013

LAS CONTRADICCIONES EN EL RELATO DEL OFICIALISMO



El proceso de adecuación del Grupo Indalo, de Cristóbal López, aprobado por la Afsca presenta contradicciones. Al igual que en "Funes el memorioso", de Jorge Luis Borges, conviene recordar la comisión de la violación de la ley de medios.
En efecto, la ley 26.522 vuelve al criterio de la ley de la dictadura al prohibir las transferencias. También prohíbe la delegación de la explotación en manos de un tercero ajeno a la licencia del servicio de comunicación audiovisual; y entre otras prohibiciones establece la veda de tener más medios que los permitidos por los límites que fijó la vieja ley y que la nueva perfecciona. La violación de las conductas antes mencionadas ambos cuerpos normativos la sancionan con la caducidad de la licencia del servicio y la extensión de su sanción a los titulares, accionistas y demás formas de titulares.
El servicio jurídico de la Afsca lo llamó "propuestas de adecuación a la ley 26.522, formuladas por los denominados Grupo Hadad y Grupo Indalo". Y sin perjuicio de ese criterio de reconocimiento por parte de la Afsca de la condición de grupo que resulta titular de las estaciones en forma violatoria de la vieja ley 22.285 (arts. 43 y 44), también las partes intervinientes así lo establecieron en sus presentaciones en los expedientes 1292 y 1294-AFSCA/12.
Así, la Afsca, al no observar la violación del primero de los grupos en cuanto a su reconocimiento a la multiplicidad de licencias y que el segundo grupo está actuando en forma palmariamente reconocida como delegación de la explotación de los servicios, permitió que se cumpliera con una aprobación contra legem , que quedará alcanzada por la nulidad de pleno derecho.
Tampoco reparó que dicha violación de multiplicidad de licencias no estuvo bajo conmutación de penas o amnistía general. Esa norma sólo permitía entrar en el proceso de adecuación a aquellos casos que no se ajustaran a la nueva ley de medios, más no para los que ya violaban la ley 22.285.
Ello muestra la contradicción sobre lo que se dice y se hace, si se observan además los 100 expedientes que también firmaron los actuales directores sobre multas a medios con fundamento en la ley de la dictadura. Sería bueno que el CELS tomara nota para sus próximas impugnaciones a la Afsca por aplicar la ley de la dictadura.
La mayoría del directorio no reparó que el Grupo Indalo estaba explotando los servicios del Grupo Hadad y esto implica la violación del artículo 44 de la ley de medios. Peor aún. Tampoco queda en claro cuál es verdadero criterio de la prohibición de la transferencia del artículo 41: ¿será la aprobación de la transferencia que se dio en el decreto 246/10 cuando se aceptó la división LR9 Radio América?, ¿o será el criterio de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación del año pasado, que fue ratificado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Afsca que impide la transferencias iniciadas bajo la ley 22.285?
Tal vez tendremos que acostumbrarnos a que las cuestiones no se resuelvan por el derecho.
Estoy seguro de que todo lo dicho debe ser sólo por un error de conocimiento. Ahora se comprende por qué no es bueno ser abogado en la materia y de ahí la impugnación al cargo de director por el Frente Amplio Progresista (FAP) que me hicieron, pues en definitiva en tales casos uno se convierte en una especie de "Funes el memorioso".
LOS FUNDAMENTOS DE LA MEDIDA
La aprobación
Se aprobaron cuatro planes de adecuación a la ley de medios.
Los medios
Se trata de Hadad-Índalo, Cadena 3, la Asociación Mutual del Magisterio de Santa Fe y ETECO SRL.
Exigencias
A la empresa de Cristóbal López le piden desprenderse de dos emisoras de FM del área metropolitana (que serán las radios TKM y Vale), más el canal 27 de UHF.
Plazos
Tendrán 180 días para concretar el encuadramiento legal.
FUENTE: La Nación

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